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El objetivo es apoyar a pymes y autónomos en España, colectivo clave en nuestro tejido empresarial y que está directamente afectado por las consecuencias del coronavirus. El plan está basado en dos líneas: refuerzo de sus capacidades digitales y líneas de crédito inmediato de hasta 25.000 millones de euros.
BBVA es consciente del impacto que el contagio del coronavirus (COVID-19) está teniendo sobre el sector de pymes y autónomos en España. En este contexto, el banco quiere estar aún más cerca de este colectivo para continuar dándole apoyo y responder de forma constante a sus necesidades.
En la situación actual de limitación de movilidad personal, cobra aún más importancia la potencia de los canales digitales y remotos, que posibilitan la realización de la práctica totalidad de las gestiones de pymes y autónomos sin desplazamientos.
Por ello, BBVA reforzará las capacidades que viene ofreciendo con un mayor apoyo de los equipos que dan soporte a los canales digitales y remotos, con el fin de evitar que haya disrupciones en el servicio.
Además, BBVA pone a disposición de pymes y autónomos líneas de liquidez inmediata de hasta 25.000 millones de euros para ayudar a gestionar el impacto en sus negocios del coronavirus. Asimismo, todos los equipos y gestores continúan monitorizando la situación para ofrecer en todo momento ayuda y adoptar las medidas que sean necesarias.
En BBVA ofrecemos las ventajas que empresas y emprendedores necesitan para hacerles el trabajo más fácil.
Hasta el 100 % de la inversión a financiar, más el IVA o impuesto de análoga naturaleza.
Hasta el 100 % de las necesidades de liquidez o gastos.
Beneficiarios:
Autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG's y Administraciones Públicas).
Vigencia: hasta el 27/12/2020.
Inversiones financiables
Empresas y Autónomos: Inversiones en el territorio nacional, hasta el 100 % del proyecto de inversión, IVA incluido, o necesidades de liquidez.
Financiación BBVA a través de las Líneas ICO-2020. La concesión de las operaciones está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en cada una de las Líneas ICO y a la previa autorización de la financiación por parte de BBVA.
Importe máximo:
Hasta el 100 % de la inversión a financiar, más el IVA o impuesto de análoga naturaleza, o hasta el 100 % de las necesidades de liquidez, con un importe máximo de 12,5 millones de euros, en una o en varias operaciones, formalizadas tanto en la modalidad de préstamo como de leasing.
Plazo de las operaciones:
El cliente podrá elegir entre:
1 año, sin carencia o con 1 año de carencia.
2 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
3 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
4 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
5 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
6 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
7 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
8 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
9 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
10 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
12 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
15 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
20 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
Tipo de interés: Fijo o Variable, variando el diferencial en función del plazo de la operación.
Cancelación anticipada voluntaria: Podrá efectuarse cancelación anticipada total o parcial (reduciendo cuota). Con carácter general la comisión por cancelación anticipada voluntaria será del 1 % para operaciones formalizadas a Tipo FIJO. Para operaciones a Tipo VARIABLE variará en función de la vida residual de la operación. Estas comisiones varían si la operación se encuentra dentro de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario, en función de cuando se lleve a cabo dicha cancelación.
Financiación BBVA a través de las Líneas ICO-2020. La concesión de las operaciones está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en cada una de las Líneas ICO y a la previa autorización de la financiación por parte de BBVA.
Hasta el 100 % de la inversión a financiar, más el IVA o impuesto de análoga naturaleza.
Hasta el 100 % de las necesidades de liquidez o gastos.
Beneficiarios:
Autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG's y Administraciones Públicas).
Vigencia: hasta el 27/12/2020.
Inversiones financiables
Empresas y Autónomos: Inversiones en el territorio nacional, hasta el 100 % del proyecto de inversión, IVA incluido, o necesidades de liquidez.
Financiación BBVA a través de las Líneas ICO-2020. La concesión de las operaciones está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en cada una de las Líneas ICO y a la previa autorización de la financiación por parte de BBVA.
Importe máximo:
Hasta el 100 % de la inversión a financiar, más el IVA o impuesto de análoga naturaleza, o hasta el 100 % de las necesidades de liquidez, con un importe máximo de 12,5 millones de euros, en una o en varias operaciones, formalizadas tanto en la modalidad de préstamo como de leasing.
Plazo de las operaciones:
El cliente podrá elegir entre:
1 año, sin carencia o con 1 año de carencia.
2 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
3 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
4 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
5 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
6 años, sin carencia o con 1 año de carencia.
7 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
8 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
9 años, sin carencia o con 1-2 años de carencia.
10 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
12 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
15 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
20 años, sin carencia o con 1-2-3 años de carencia.
Tipo de interés: Fijo o Variable, variando el diferencial en función del plazo de la operación.
Cancelación anticipada voluntaria: Podrá efectuarse cancelación anticipada total o parcial (reduciendo cuota). Con carácter general la comisión por cancelación anticipada voluntaria será del 1 % para operaciones formalizadas a Tipo FIJO. Para operaciones a Tipo VARIABLE variará en función de la vida residual de la operación. Estas comisiones varían si la operación se encuentra dentro de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario, en función de cuando se lleve a cabo dicha cancelación.
Financiación BBVA a través de las Líneas ICO-2020. La concesión de las operaciones está sujeta al cumplimiento de los requisitos establecidos en cada una de las Líneas ICO y a la previa autorización de la financiación por parte de BBVA.